Protección Legal del Cultivador 2

MANDA UN TELEGRAMA Llega de nuevo la época de la cosecha y, con ella, el celo de algunos agentes de la autoridad por incautarse de las plantas cultivadas, detener a los cultivadores y, normalmente, ponerlos a disposición judicial. Vamos a recordar qué es lo que hay que hacer y qué hay que decir en estos casos. Para ello debemos tener siempre algo presente: un detenido por cultivo de marihuana lo está como presunto autor de un delito contra la salud pública (tráfico de drogas) por considerar la policía que ese cultivo está destinado a transmitir la marihuana que de él se consiga. Así, de lo que se trata es de hacer ver al Juez o policía que el cultivo de marihuana se ha realizado para el propio consumo (en cuyo caso no habría delito) y no para traficar con ella. Recordad que la idea clave consiste en que nuestro sistema legal no considera al cultivo de marihuana para el propio consumo como un delito. Sólo será un delito si se piensa que ese cultivo, o parte del mismo, va a estar destinado al consumo de terceras personas, normalmente a cambio de una prestación económica. Ideas clave: 1º) Declaración ante la policía Cuando la policía (o la guardia civil, etc) detienen a alguien van a intentar que declare en esa misma comisaría o cuartel para, posteriormente, ponerlo a disposición judicial. Si el detenido tiene muy claro lo que hay que decir puede declarar sin mayor problema. Si no lo tiene tan claro ( o simplemente por prudencia, que es lo recomendable, no desea hacerlo) puede optar por declarar sólo ante la autoridad judicial. La importancia de no declarar ante la policía radica en que tras esta declaración policial (que consistiría, precisamente, en no declarar) el detenido tiene derecho a entrevistarse reservadamente con su abogado y, de esa forma, preparar su declaración ante el Juez. No es raro que las fuerzas policiales intenten convencer al detenido para que declare ante ellos, incluso haciendo ver que si no declara va a tener que pasar la noche en la comisaría o con otros argumentos del estilo. Recordad que es un derecho vuestro el elegir donde declaráis por lo que, repito, si no se tiene muy claro lo que hay que decir, debe optarse por declarar ante el Juez para así poder entrevistarse con el abogado. 2º) El cultivador de marihuana es consumidor de cannabis. Si una persona cultiva marihuana para su consumo es obvio que hay que ser consumidor de derivados cannábicos. Por ello no sólo se manifestará dicho extremo a la hora de declarar sino que, además, se pedirá ser reconocido por el médico forense a fin de acreditar ese consumo. En el supuesto de que no se pudiera hacer dicho reconocimiento, procederemos a ir a un laboratorio privado a fin de que nos realicen un análisis que acredite nuestro consumo. 3º) La cantidad de marihuana. Aunque parte de lo que vamos a decir a continuación es labor propia del abogado no está de más que en la declaración ante el Juez ( o incluso si se declarase ante la policía) se haga ver que no todo lo que se incauta en un cultivo de marihuana es para consumir, sino que sólo lo serán las plantas hembras, y de ellas, sólo las flores y tras el correspondiente proceso de secado. Esto es, hay que hacer ver, desde el primer momento, que los maceteros, la tierra, los tallos y las hojas no se consumen, sino sólo las flores, y ello tras el correspondiente proceso de secado, que dejará la cantidad de flores originaria entre un diez y un veinticinco por ciento de la misma. 4º) El consumo es anual. Además, habrá que hacer ver que la marihuana que se iba a conseguir era para el consumo anual del cultivador, toda vez que es una planta que se cosecha una vez al año, y del resultado del cultivo depende que el cultivador pueda aprovisionarse para ese año por lo que, en definitiva, la cantidad de marihuana que se pudiera obtener debe corresponderse con la que consume esa persona. Por ejemplo: si se dice que se consume dos gramos diarios (unos 730 gramos anuales) y de la plantación se podrían sacar tres kilos de marihuana, es evidente que habría un excedente, y el Juez puede pensar que ese excedente iría destinado a fines distintos al propio consumo. 5º) La motivación del cultivo: el propio consumo. Cultivo marihuana porque la consumo. Es indiferente el porqué del consumo, puede ser por razones médicas, lúdicas, etc. En relación a esto, tampoco queda mal recordar al Juez que se prefiere cultivar antes que acudir al mercado negro, donde el consumidor se encontraría con precios altos, adulteración del producto y entrada en círculos de marginación y delincuencia. 6º) Pertenencia a asociaciones antiprohibicionistas. Si el cultivador es miembro de una asociación antiprohibicionista hay que comunicarlo así para que el Juez pueda ver que no se trata de una persona que intenta esconderse sino que pertenece a una asociación que, públicamente, lucha por la normalización de la marihuana. El clásico traficante de drogas huye de la publicidad y busca el anonimato. El cultivador de marihuana no necesita del anonimato porque no está realizando nada ilegal. 7º) La presencia de instrumentos equívocos. Un elemento que tomará en consideración el Juez para intentar vislumbrar si el cultivo de marihuana detectado está destinado al consumo de ese cultivador o al tráfico será la presencia de balanzas de precisión, cuaderno de anotaciones de ventas, dinero no justificado, material para la posterior venta de esa marihuana, etc. Si se tienen estos instrumentos, el Juez será más proclive a pensar que el cultivo era para traficar que no para el propio consumo del cultivador. 8º) El estado de las plantas. Si algunas de ellas estuvieran plantadas y otras secándose, haremos ver cómo ello acredita que se va disponiendo de las mismas conforme se va necesitando. Si todas están ya cosechadas haremos ver que, llegada la hora de la cosecha, no se las puede dejar más tiempo plantadas por lo que hay que proceder a recogerlas todas, con independencia de que el consumo de las mismas se produzca a lo largo del año. 9º) La ubicación de las plantas. Si las plantas están a la vista señalaremos como eso es muestra de que no hay nada que esconder ni miedo a que las vean. Si no estaban a la vista diremos que era necesario para su desarrollo (p.e. si están en un invernadero o bajo unos plásticos ) o, simplemente, que se quería evitar que la vieran los niños o que algún vecino protestase. 10º) Las manifestaciones de los agentes. Otro de los aspectos que el Juez va a tener en cuenta es lo que la policía diga sobre el cultivador, esto es, si es conocido como traficante, si la intervención se produce por casualidad o por denuncias de alguien, si hay mucho trasiego de personas por su casa, etc. Como podréis ver poco podemos decir sobre esto (las valoraciones ya las hará vuestro abogado) pero resulta conveniente que se sepa que este es otro dato que se va a tener en cuenta. Conclusiones. No hay fijado un número de plantas que permita calificar un cultivo de legal o de ilegal. Van a ser un cúmulo de circunstancias (principalmente la condición de consumidor del cultivador y la cantidad de marihuana que se podría obtener) las que hagan que el juez pueda considerar que el cultivo estaba destinado al propio consumo o bien, aunque fuera parcialmente, al tráfico. En todo caso, que a nadie se le escape que cuantas menos plantas se tengan (y, por tanto, menos marihuana ) más fácil le resultará al juez el pensar que era para el propio consumo y no para el tráfico.

Comentarios

ambito legal del cannabis

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Maria

Buenas, he leido esto y no soy consumidor ni cultivador pero me daria ilusion tener una planta...pasaria algo que la tubiese?   y si despues solo duran una temporada de esas, si las seco pero no me las fumo y  regalo los cogollos?tampoco se podria eso esta claro,pero que podria hacer? si les saco las semillas despues si podria venderlas o como?porque hay tiendas donde las venden, por aora  no tengo nada ni creo que tenga pero es para estar informado Saludos!

Semillas?

Hola Maria, pues si es ilegal incluso regalarlo, en cuanto a lo de las semillas las venden en las tiendas si, pero hay bancos de semillas que se dedican a eso, de cientos de plantas escogen una como madre y otra como padre, que puedas hacer semillas si, pero venderlas? hay que controlar el tema.

Semillas

bueno gracias, por tu respuesta pero mas que nada lo que quiero es saber como sacar las semillas para futuras generaciones porque ami en verdad el tema de vender los cogollos es lo que menos me interesa por el tema de ilegal pero claro tirarlos no los voy a tirar si algun amigete o alguien los quiere se pueden dar? es todo ilegal! hay que acer una huelga a favor de la maria o algo Saludos y muchas gracias por responder

Tengo 2 plantas...

Buenas a todos... por donde empezar, bueno este año es el primero q soy cultivador, e plantado 2 plantas arriba en mi terraza, q son para mi autoconsumo de todo el año... Pues resulta q hace dos semanas paso el helicoptero buscando plantas por mi pueblo, era azul,iba muy bajo, buscando por todos los edificios.. Por mi casa ya habia pasado asi q las vio seguro en la terraza, igual q a mi a mucha gente del pueblo... La cuestion es q ese mismo dia por la tarde ya fueron a casa de gente a quitarle las plantas, pero bueno se rumorea q uno tenia 17 plantas otro casi 30 y asi todos... Amigos mios q tienen solo 1 o 2 como yo a nadie le han ido a quitarselas... A mi me han comentado q por 2 plantas si ningun vecino se queja y eso, el juez no hace una orden de registro por esa cantidad, no se la cuestion es q hace dos semanas q paso el helicoptero y solo han ido a casa de gente q tenia una cantidad mas grande... vosotros q pensais????   Y si vinieran q me podria pasar por dos plantas?? recuerdo q en casa ni tengo bascula ni tengo nada de nada, pq es para mi autoconsumo de todo el año...

HOLA MARIA:

HOLA MARIA EL CULTIVO DE LAS PLANTACIONES ES ILEGAL PERO LAS TIENDAS PUEDEN VENDER LAS SEMILLAS COMO SI FUERAN PARA COLECCIONAR. COMO HAY GENTE QUE COLECCIONA SELLOS. SE PUEDEN COMPRAR SEMILLAS PERO PARA COLECCIONARLAS PERO NO PARA CULTIVARLAS POR ESO ESTAN LEGALES EN LAS TIENDAS. SI TU SACASES SEMILLAS NO LAS PODRIAS VENDER COMO EN 1 TIENDA PORQUE NO TIENES DICHA LICENCIA. PARA PODER VENDERLAS DEBERIAS DE TENER 1 LICENCIA SINO TE CAERIA EL PELO.

LA GUARDIA CIVIL EN MI TERRENO

Saludos a tod@s...Ayer por la tarde se presento una patrulla de la guardia civil en mi casa.Tenia una planta en unos 2 metros de largo por 3 de diametro.La planta se veia desde la carretera, pero lejos del todo, y dentro de mi terreno. Me preguntaron de quien era el terreno, les conteste que mio, podemos ver la cueva? y dije si. La planta estaba a la entrada de ella. Les dije si era por la planta y me contastaron que si. Subieron a verla (era enorme) y me preguntaron si solo era una; yo dije que si, miraron y miraron , hasta que me dijeron que tenian  que consultar con su gefe, y que si la tenian que cortar lo harian. Subi a la cueva y corte la planta para no tener problemas, entonces vino el venemerito y me dijo: dame tu D.N.I , tomando los datos dijo que se la llevaba, a lo que respondi pidiendole su nº de placa, saque unas fortos a la planta ya cortada y posteriormente al tronco. Y se la llevo al cuartel. La planta no habia empezado a florecer y yo soy fumadora desde que que empieza el dia, hasta que me acuesto.No han vuelto por aqui y han pasado 20 horas.Estoy preocupada y me gustaria saber que puedo hacer y a donde acudir. Muchas gracias por adelantado....  

LA GUARDIA CIVIL EN MI TERRENO

 Tendras que esperar haber si te mandan multa y luego recurrirla,aquí hay modelos creo para hacerlo, pero ten en cuenta que si entre la notificación y la multa pasa + de un año ha prescrito y no la debes pagar. No deberias haberlos dejado entrar sin orden del juzgado competente,un fallo por tú parte. Salu2